Pivotes
Endosar a titulares el costo de la revisión de existencia de banco natural
Requiere leyConsenso probable

Endosar a los titulares los recursos requeridos para llevar a cabo este procedimiento, tal como ya ocurre para la información ambiental que acredita que un centro está operando de conformidad a la regulación. SERNAPESCA deberá escoger el encargado de manera tal de garantizar la independencia respecto del interesado.
1. El problema
De acuerdo con la Ley General de Pesca y Acuicultura un banco natural una “agrupación de individuos que naturalmente habita un espacio delimitable, forma parte de la población de una especie hidrobiológica bentónica y posee atributos diferenciables de otras agrupaciones de la misma especie en el rango de su distribución natural, en términos de abundancia, expresada como densidad o cobertura, dentro de dicho espacio.
La revisión de la eventual existencia de banco natural debe ser cumplida por SERNAPESCA, pero dicha institución carece de recursos suficientes para cumplir la función, con la consecuencia de que las revisiones pueden tomar hasta media década.
2. El cambio normativo
En el artículo 122 bis de la Ley General de Pesca y Acuicultura añadir a continuación de “el artículo 87 de esta ley” la expresión “y revisiones de existencia de banco natural cuando corresponda”.
3. Qué se gana y qué se arriesga
Qué se gana
Acelerar enormemente el trámite de la revisión de existencia de banco natural.
Qué se arriesga
Implica un costo financiero directo adicional para la industria, aunque muy inferior al costo de oportunidad asociado a las tardanzas de años que hoy son la norma.
Todavía no tenemos experiencia internacional ni estado de tramitación para esta propuesta. Si tienes información, escríbenos.

