Pivotes
Eliminar carta de SUBPESCA que exige 6 meses para ingreso al SEIA
Vía administrativaConsenso probable

Derogar esta exigencia.
1. El problema
El DS. 290 de 1993 señala que para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el reglamento se requerirá al solicitante de una concesión, mediante carta certificada, la presentación de la información necesaria para la evaluación. Si el proyecto requiere someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental el solicitante deberá presentar el proyecto dentro de seis meses.
En la práctica, SUBPESCA envía esta carta solo cuando se ha realizado la inspección de banco natural y, dado el alto nivel de exigencias que hoy demanda un proceso de evaluación ambiental, el plazo de 6 meses establecido en 1993, cuando la declaración de impacto ambiental se entendía como poco más que una declaración jurada, es demasiado corto.
2. El cambio normativo
Eliminar el segundo inciso del artículo 14° bis del DS. 290 de 1993.
3. Qué se gana y qué se arriesga
Qué se gana
Se elimina una exigencia que sobreexige innecesariamente a las empresas acuícolas, y que fuerza los plazos de modo tal que pueden generar sobrecostos por “precios de urgencia” a las consultoras ambientales y prestadoras de servicios relacionados, y disminución de calidad de los estudios o declaraciones de impacto ambiental que luego repercuten en el proceso de evaluación tanto para regulados como para regulador.
Qué se arriesga
El sentido de la norma era que las condiciones no hubiesen cambiado mucho desde que las evaluó SUBPESCA hasta que se entrega la resolución de calificación ambiental. Pero esto no es un riesgo como está hoy entendido el sistema de evaluación de impacto ambiental, porque las DIA ya no son declaraciones juradas sino que evaluaciones en profundidad. Por tanto, cualquier cambio en las condiciones desde la evaluación de SUBPESCA será recogido a lo largo del proceso.
Todavía no tenemos experiencia internacional ni estado de tramitación para esta propuesta. Si tienes información, escríbenos.

