Pivotes
Silencio positivo aplicado a las municipalidades para proyectos eléctricos
Vía administrativaConsenso probable

Conceder un máximo de 30 días corridos a las municipalidades para aprobar el proyecto eléctrico, y aplicación de silencio positivo con posterioridad a ese plazo.
1. El problema
Aunque no está normado, se da el caso de municipalidades que exigen aprobación interna del proyecto eléctrico para conceder el permiso de edificación. Esta aprobación puede dilatar el inicio de las obras aun cuando la revisión crítica ocurre en el momento de la recepción final, punto en que la emperesa de distribución eléctrica revisa en forma acuciosa. Las direcciones de obras de las municipalidades rara vez cuentan con profesionales capacitados para realizar una revisión meticulosa, y para las empresas de distribución les resulta imprescindible la correcta operación porque de ello depende su continuidad de servicio y por tanto sus utilidades.
2. El cambio normativo
Añadir el siguiente artículo a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción.
En caso de requerir el proyecto eléctrico en el marco de la evaluación de un permiso de edificación, las direcciones de obras municipales contarán con 30 días corridos para su revisión. En caso de no emitir pronunciamiento en ese plazo, el proyecto eléctrico se dará por aprobado.
3. Qué se gana y qué se arriesga
Qué se gana
Se reduce el tiempo de entrega en el caso de ciertos permisos de edificación, lo que permite adelantar obras y reducir el costo de inversión, conducente a reducir el precio de las viviendas.
Qué se arriesga
El titular aumenta marginalmente el riesgo de que existan falencias no detectadas en el proyecto eléctrico, las que normalmente resultan mucho más costosas de corregir una vez que la obra ya está edificada que en la fase previa.
Todavía no tenemos experiencia internacional ni estado de tramitación para esta propuesta. Si tienes información, escríbenos.

