Saltar al contenido
Una iniciativa de Pivotes
Agilizódromo
Propuestas para simplificar trámites y permisos del Estado de Chile

Con ASEDUCH

Eliminar información de cambio de actividades

Vía administrativaConsenso probable

Carpeta con formularios

/ Educación / Educación

Publicada el Actualizada el

Eliminar la exigencia de información previa.

1. El problema

El cambio de actividad supone el reemplazo de clases regulares por actividades que complementan o refuerzan los objetivos curriculares, tales como actos culturales, sociales y deportivos. Se exige informarlos con 10 días hábiles de anticipación al Departamento Provincial respectivo, precisando su justificación y los aprendizajes esperados por curso y sector. Se trata de un trámite perfectamente prescindible, por cuanto el Departamento Provincial actúa en los hechos como mero buzón de recepción. En la inmensa mayoría de los casos no hay observaciones, propuestas de mejoras ni ninguna otra acción que justifique el trámite por parte de los establecimientos.

2. El cambio normativo

Eliminar los incisos primero y segundo del numeral 27.1 de la Circular N°1 de la Superintendencia de Educación Escolar

3. Qué se gana y qué se arriesga

Qué se gana

Se elimina un trámite que demanda tiempo y atención de parte de los encargados de los establecimientos.

Qué se arriesga

La pregunta natural que surge de una propuesta de este tipo es ¿se corre el riesgo de que los establecimientos abusen de este recurso en virtud de la prescindencia de la información previa a la autoridad? Al respecto, debe considerarse en primer lugar que eliminar la información previa no elimina el registro de la actividad en sí y la oportunidad de fiscalización para aquellos casos en que se llevan a cabo fuera del establecimiento, porque el inciso tercero exige “contar con la autorización escrita de los padres y/o apoderados de los estudiantes involucrados”. Luego, y esto es un criterio de aplicación más general, es esencial no perder de vista que hoy no existe posibilidad efectiva de velar por el cumplimiento responsable y meticuloso de los objetivos pedagógicos dentro de cada sala. Si hoy un docente inescrupuloso optara por actividades que no propenden al aprendizaje efectivo (proyectar una película, por ejemplo) lo puede hacer sin necesidad de informar con 10 días hábiles de antelación a una autoridad externa al establecimiento que habrá cambio de actividades. Simplemente lo hará, a sabiendas de que el único riesgo real de reproche proviene desde la dirección de su establecimiento, ubicada a pocos metros, y no desde el lejano el Departamento Provincial. Esta es una de esas normas que imponen una carga burocrática a quienes intentan hacer las cosas bien, y que resultan letra muerta para quienes no muestran interés en su cumplimiento.

Todavía no tenemos experiencia internacional ni estado de tramitación para esta propuesta. Si tienes información, escríbenos.

Más de Educación

/ Ver todas